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Si tu hijo ha sido trasladado a Grecia sin tu consentimiento, el tiempo juega en tu contra.
8 sept hablaremos del procedimiento de retorno en Grecia y los errores que pueden costarte la restitución.
Modera @CarmenVarelaAlv
Inscripción : info@asime.org
En un mundo globalizado estos tips son muy prácticos. Mañana último día para inscribirse
Si tu hijo ha sido trasladado a Grecia sin tu consentimiento, el tiempo juega en tu contra.
8 sept hablaremos del procedimiento de retorno en Grecia y los errores que pueden costarte la restitución.
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Caso Magnolia: un conflicto internacional por la custodia de una niña mantiene detenido a su padre chileno impactocorrientes.com/notix/… vía @LaRepublicaCtes
Un placer entrevistar a una de la expertas en #sustraccioninternacionaldemenores que, ademas, habla un buenísimo español
🇬🇷 ¿Trasladan a tu hijo a Grecia sin tu consentimiento? ¿Qué puedes hacer?
Karolina Zoi Andriakopoulou, experta en sustracción internacional de menores, responde en directo a Carmen Varela.
📅 14 julio · 18h (España) · 💻 Online
💶 Socios gratis · No socios 10€
📩 Inscríbete
👉 No todos los casos de custodia internacional se ganan en juicio.
Muchos se pierden antes.
Por:
•mala estrategia inicial
•desconocimiento de la normativa internacional
•actuaciones impulsivas
El problema no es el conflicto.
Es cómo se gestiona desde el primer momento.
Casarse con alguien de otro país implica retos legales que un acuerdo prematrimonial resuelve hoy:
- Tú eliges la ley
- Proteges lo tuyo
- Evitas caos
No es desconfianza, es seguridad jurídica para ambos. Construid vuestra historia sobre bases claras.
#matrimonio
Muchos clientes llegan al despacho pensando que el proceso será igual al de sus amigos o familiares, pero vivir en el extranjero cambia todas las reglas del juego. 🌍✈️
La "residencia habitual" es la pieza del dominó que hace caer a todas las demás.
Tu ex se ha ido al extranjero con tus hijos sin permiso.
Lo que nadie te dice en ese momento:
→ Tienes 12 meses. Después, el retorno ya no es automático.
→ El Convenio de La Haya existe para esto — pero hay que activarlo correctamente.
→ La Autoridad Central (Ministerio de Justicia) es tu primer paso en España.
→ Necesitas abogada especialista en el país de destino, no cualquier abogado.
→ Cada llamada, mensaje y foto cuenta como prueba. Documenta todo ahora.
El error más común: esperar a ver si el otro progenitor vuelve. No vuelven solos.
Si estás en esto, actúa hoy. 📩
#SustraccióndeMenores #ConvenioLaHaya #DerechoFamiliaInternacional
🧵 Hoy doy clase en el Máster de Familia de @ISDE_Derecho.
Caso práctico real: Padre divorciado en California.
Custodia: madre.
Visitas de verano en España.
El padre no devuelve al menor. Lo escolariza en Barcelona.
¿Qué puede hacer la madre?
→ Activar el Convenio de La Haya de 1980. Tiene 1 año para presentar la solicitud antes de que opere la excepción de integración del menor.
→ Cada semana cuenta. No es retórica jurídica. Es la diferencia entre recuperar a tu hijo o no.
Esto no es teoría. Es lo que ocurre.
Mi cliente en Argentina se despertó un martes y su hijo no estaba.
La madre lo había llevado a Barcelona.
Tenía inmunidad consular.
Y estaba convencida de que eso la protegía.
Se equivocaba.
Pero casi nadie sabe por qué — ni qué hacer en las primeras 72 horas.
Lo que marca la diferencia cuando ocurre esto:
1. No esperes.
Cada día que pasa construye una “residencia habitual” de facto. Los jueces lo valoran. El tiempo juega en tu contra desde el minuto uno.
2. La inmunidad consular tiene límites en sustracción de menores.
No es un escudo absoluto. El Convenio de La Haya de 1980 y la jurisprudencia española han establecido excepciones. Se pueden invocar. Hay que saber cómo.
3. Activa el Convenio de La Haya antes que cualquier otra vía.
El procedimiento de retorno urgente es más rápido que un litigio ordinario. Úsalo primero.
4. Un acuerdo de retorno no es el final.
En este caso lo fue el principio del segundo problema: la madre incumplió. Sin mecanismos de ejecución previstos en el propio acuerdo, vuelves a empezar.
5. Documenta todo desde el primer momento.
Mensajes, llamadas sin respuesta, correos. El historial de comunicación es prueba.
En dos meses logramos el acuerdo.
El incumplimiento nos llevó a la siguiente fase.
La sustracción internacional no termina cuando hay un papel firmado.
Termina cuando el menor está en casa.
Si estás en esto ahora mismo: no improvises. El primer movimiento equivocado puede costarte meses
El Reglamento Bruselas II ter entró en vigor el 1 de agosto de 2022. Dos años después, muchos abogados de familia todavía no lo aplican correctamente.
Te explico los cambios clave.
1/ El Reglamento 2019/1111 sustituye al Bruselas II bis. El cambio no es cosmético: hay modificaciones sustanciales en competencia judicial, reconocimiento y ejecución de resoluciones en materia matrimonial y responsabilidad parental.
2/ Novedad más importante para la práctica: la supresión del exequátur para la mayoría de resoluciones en materia de responsabilidad parental. Ejecución directa en el Estado miembro de destino con certificado estándar.
3/ Refuerzo del derecho del menor a ser escuchado. El nuevo reglamento eleva el estándar: los órganos jurisdiccionales deben velar por que el menor tenga oportunidad real de expresarse. No es una mera formalidad.
4/ Sustracción internacional: se refuerza la cooperación entre autoridades centrales y se establecen plazos más estrictos. El objetivo es reducir la dilación que históricamente ha caracterizado estos procedimientos.
5/ Acuerdos entre partes: se facilita el reconocimiento de acuerdos auténticos en materia de responsabilidad parental. Importante para mediación familiar internacional.
6/ Lo que esto significa en la práctica: si llevas casos con elemento europeo y sigues trabajando con el esquema de Bruselas II bis, necesitas actualizar tu protocolo.
¿Preguntas sobre aplicación práctica del nuevo reglamento?
Guarda el hilo. Útil para cualquier caso con elementos en países UE.
#BruselasIIter #DerechoFamiliaEuropeo #DIPr #AbogadosDeFamilia
ASIME retweeted
Replying to @AdrianaDeRuiter
Las Directrices 1/2026 del CGPJ regularizan algo que muchos ya hacíamos: pedir certificados parciales en lugar de aportar sentencias íntegras ante terceros.
El problema nunca fue la norma. Fue la inercia.
Durante años hemos visto resoluciones completas —con datos del menor, de ambos progenitores, con la historia familiar al detalle— entregadas a un colegio, a una aerolínea, a un consulado. Sin filtro. Sin necesidad real.
La minimización de datos no es burocracia RGPD. Es protección real del menor. Es no exponer a un niño más allá de lo estrictamente necesario para el trámite que se está realizando.
Ahora el CGPJ lo formaliza con formularios específicos.
El Letrado de la Administración de Justicia puede expedir un certificado que acredite únicamente la custodia, el régimen de visitas o una autorización concreta.
¿Llegó tarde? Sí. ¿Era necesario? Absolutamente.
El derecho de familia tiene una deuda histórica con la privacidad de los menores. Esto es un paso en la dirección correcta.























