
ALT ¡Nuevos Cambios a la Ley de Inclusión! Deja establecida una nueva cuota de contratación de 2%, una vez alcanzados los objetivos del 1%. Promueve una mejor fiscalización por parte de la DT, asignando mayores recursos y nuevas sanciones. Fortalecer a las regiones para promover la inclusión. Respecto a las medidas subsidiarias de cumplimiento: Subcontratación: Las empresas prestadoras de servicios deben cumplir primero con su propia cuota de contratación, para luego, con sus excedentes, aportar a la cuota de cumplimiento de las empresas contratantes. Donaciones: Podrán realizarse por un máximo del 1% de la cuota de contratación, aunque esta aumente al 2%. La donación debe destinarse a más de una institución y, al menos, una de ellas debe tener domicilio en una región distinta de la Región Metropolitana. En la parte superior de la imagen, se muestra a un grupo diverso de personas, algunas de ellas con discapacidad, celebrando juntas. En la parte inferior derecha, está el logo de la Fundac

























