India must officially start countering international media narrative. Now is the best time to start and learn doing it.
@MEAIndia @MEAFactCheck must deploy media trained diplomats in every country who calls up at least their state media to counter. These state media are blatantly promoting an one sided narrative on protests in India.
For example, I am seeing the same GLISCO infiltrated media that promoted a fake "China aided Pakistan to win" in OpSindoor narrative is also promoting the protests in India as the main headlines.
Ironically, some of their own countries are in protests and anarchy with actual police brutality that's not being covered. Or, hypocritically, some of them don't allow such widespread protests at all.
India must ask these media to interview an Indian govt panelist to debunk fake, one sided narratives like "police brutality", "peaceful protests not allowed", "130 million voters deleted", "200 million protesting" without context etc.
If they do not cooperate, India must pull up their ambassadors to question the one sided narrative and why their state media is always pushing a biased anti-India narrative. Warn them of issues in ties and trade.
Look, there's no use in staying silent year after year as these worldwide state run media and private alike are infiltrated by India's adversaries, and made to push anti-India one sided propaganda.
Small countries' state media are doing it. It's not even like their govts are enabling this. So why is India staying silent allowing their narrative without a counter?
This is the time to get India's narrative and counter-narrative in order. Let's do it.
@PMOIndia @narendramodi @HMOIndia @AmitShah @DrSJaishankar @MOS_MEA @AshwiniVaishnaw @DrLMurugan
Kind request every law maker in India to click the attached "BRICS News" post and read the thousands of disgusting comments degrading India and dehumanizing Indians.
Can we please talk about it for once in the parliament? And discuss as a nation what steps can be taken to counter this extreme genocidal hatred spread against India and Indians?
This is a multi-state sponsored, organized anti-India operation going on for too long that's affecting our exports, inbound tourism, economy, job opportunities for migrants, mental health of Indians, and physically putting them at risk of violence.
This is an issue that is beyond partisan politics affecting everyone of us and the country. IMO, this is a war that's being waged on India as serious as cross border terrorism and insurgency. So I humbly request law makers to start addressing this.
To those reading this, please repost tagging your known MP/MLAs requesting them to address this serious issue.
@PMOIndia @MEAIndia @HMOIndia @narendramodi @AmitShah @DrSJaishankar @nsitharaman @AshwiniVaishnaw @ShashiTharoor @Tejasvi_Surya
unavailable
THCryptic retweeted
Stop pretending it takes great COURAGE to be anti-Modi government today. It DOESN’T.
Its, in fact, THE EASIEST THING A CREATOR can do. Engagement, likes, views, popularity, rewards, getting away with sheer lies, all LIE on that side of the spectrum.
Because being anti-governmentnis the zeitgeist. Its the latest fad or fashion.
Courage lies in being CRITICAL of ANY dominant current. In remaining true to FACTS and PRINCIPLES.
Courage lies in NOT legitimising mob rule. In NOT legitimising sheer LIES of opposition. In not becoming an abject pitthu of Elon Musk.
THCryptic retweeted
《■⚖️RAMÓN ÁLVAREZ DE MON: POR QUÉ SOSTENGO QUE EL ARTÍCULO 12 DE UEFA NO ES APLICABLE AL CASO NEGREIRA■》
Invocar el artículo 12 no basta para fundamentar una sanción al Barça: deben acreditarse los presupuestos de la infracción.
El pago al vicepresidente arbitral no demuestra, por sí solo, tipicidad ni antijuridicidad penal o disciplinaria.
La «satisfacción confortable» del TAS no es un tipo deportivo, sino un estándar probatorio; no sustituye la conducta infractora ni autoriza presumirla por el cargo del perceptor.
El artículo 12 comprende comportamientos potencialmente lesivos: y exige un amaño de partido o haberlo intentado, y tampoco convierte cualquier pago en infracción.
Sus supuestos no son aplicable al Caso Negreira:
a) INFLUENCIA INDEBIDA.
Ser vicepresidente del CTA no acredita, por sí solo, una actuación susceptible de influir ilícitamente en un partido o competición.
Deben individualizarse la conducta, su aptitud para influir y la ventaja perseguida.
El cargo puede integrar el contexto probatorio, pero no sustituye esos elementos.
Tampoco basta afirmar una influencia abstracta sin explicar su fundamento fáctico.
b) APUESTAS.
Este apartado requiere participación directa o indirecta en apuestas o actividades similares relativas a partidos, o interés económico en ellas.
Cobrar por servicios no satisface automáticamente esos presupuestos.
c) INFORMACIÓN RESERVADA.
Los informes contenían únicamente jugadas conocidas, estadísticas accesibles y reglas públicas, ese contenido no constituye información no pública.
Debe identificarse qué dato reservado se utilizó o facilitó y por qué dañaba o podía dañar la integridad competitiva.
La etiqueta «informe arbitral» no demuestra ninguno de esos extremos.
d) ABORDAJE NO DENUNCIADO.
Debe probarse que existió un acercamiento relacionado con actividades destinadas a influir indebidamente.
No puede presumirse exclusivamente por los pagos o la posición institucional.
Ahora bien, el deber de informar depende de que el amaño de un partido se intente o se ejecute.
e) CONOCIMIENTO NO COMUNICADO.
Deben acreditarse tanto el conocimiento de una conducta comprendida potencialmente en el artículo como la omisión de comunicarla.
Sin esos presupuestos, no existe fundamento para imputar esta infracción.
En mi opinión, el caso Negreira está prescrito ante la RFEF;
y ante UEFA, considero defendible el plazo quinquenal dado que los hechos no constituyen amaño, fraude, soborno o corrupción de un partido de fútbol concreto.
Rechazo presumir esas infracciones por los pagos: deben acreditarse conforme al estándar de satisfacción confortable, distinto de las reglas sobre la prescripción
Por tanto al no existir ningún amaño de partido localizado, el caso también está prescrito en la UEFA. Y en todo caso si se abriera un expediente sancionador que todavía no hay abierto, el TAS resolvería encontrar de una futura sanción de la UEFA como hizo con el Manchester.
youtu.be/MKRHtsEbWIM?is=zlCn…
@Ramon_AlvarezMM
THCryptic retweeted

FC Barcelona@FCBarcelonaOct 7
Spain
SpainConnected via WebAccount-level information, not a live location or per-post device.
From that gold medal in Beijing in 2008 to an unforgettable career, making history every step of the way with La Albiceleste. 🥇🇦🇷
Congratulations, Leo, for continuing to make Argentina’s jersey even more iconic! 🐐👏
THCryptic retweeted
🚨 ESCANDALO MUNDIAL 🚨
💥Leo Messi ganó 4 champions con el Barça,que hubiesen sido 10 SI NO ES POR EL CEFERINATO
😳42 MINUTOS DE ROBOS AL BARÇA EN LA UEFA CHAMPIONS LEAGUE
💣💣RT MASIVO💣💣
THCryptic retweeted
Durante siete décadas, la mayoría de los presidentes del Comité de Árbitros han sido exmiembros, exdirectivos o exjugadores del Real Madrid. El más famoso, José Plaza.
Durante las 13 temporadas en las que él solo designaba a los árbitros, el Real Madrid ganó 11 títulos de liga, mientras que el Barcelona no ganó ninguno. Sin él, ambos equipos ganaron dos.
Y en Europa, la lista de arbitrajes generosos con el Real Madrid es muy larga.
Y con Negreira, el Barcelona se vio privado de títulos de liga por errores arbitrales evidentes, como el que reconoció Mateo Lahoz, que le dio el título al Atlético de Madrid.
Segundo, Di Stéfano. En 1953, el Barcelona llegó a un acuerdo con River Plate, pero el Real Madrid negoció con Millonarios saltándose el "pacto de Lima".
Y el régimen presionó al presidente del Barcelona, Martí Carreto, y el caso se resolvió a través de una comisión de la Federación, de cuyos 17 miembros 12 estaban vinculados al Real Madrid.
Tercero, los bienes inmuebles. Mientras que el Ayuntamiento de Barcelona, en la época de Franco, tardó seis años en recalificar los terrenos de Les Corts (1960-1966), el Real Madrid recalificó en 2001 los terrenos de su Ciudad Deportiva y levantó torres altísimas.
Y obtuvo 500 millones de euros, que contribuyeron a saldar parte de una deuda de 300 millones, y permitieron a Florentino invertir 413 millones en fichajes durante su primera etapa.
Y la historia se repite: el Ayuntamiento de Madrid ha recalificado 448.000 metros cuadrados en Valdebebas. Y su valor pasará de 70 a 360 millones de euros.
THCryptic retweeted
🚨💣| 𝐁𝐑𝐄𝐀𝐊𝐈𝐍𝐆: 40 MINUTES of FC BARCELONA getting 𝐑𝐎𝐁𝐁𝐄𝐃 in UCL over the last 𝟐𝟎 𝐘𝐄𝐀𝐑𝐒!!! 😳
THCryptic retweeted
《■🏟️🔍 ¿Pago por neutralidad? Sin manipulación, no existe corrupción deportiva■》
Siempre he sostenido, que los pagos efectuados por el Fútbol Club Barcelona al entonces vicepresidente del Comité Técnico de Árbitros, cuando se afirman destinados a garantizar la neutralidad arbitral y no a procurar una decisión arbitral favorable ni a predeterminar un resultado concreto, resultan inocuos desde la perspectiva del delito de corrupción deportiva.
Ello es así porque la neutralidad constituye una exigencia inherente a la función arbitral y a la propia competición, de modo que un eventual incentivo dirigido exclusivamente a que el árbitro actúe con imparcialidad no puede identificarse, sin más, con una conducta encaminada a alterar de manera deliberada y fraudulenta el resultado de un encuentro.
En tales términos, la conducta carecería de tipicidad conforme al artículo 286 bis.4 del Código Penal, pues el precepto no sanciona cualquier pago relacionado con el ámbito arbitral, sino únicamente aquellos actos que tengan por finalidad predeterminar o alterar, de forma deliberada y fraudulenta, el resultado de una prueba, encuentro o competición deportiva de especial relevancia económica o deportiva.
Si el contenido finalista del pago fuera asegurar una actuación neutral, esto es, una aplicación imparcial de las reglas del juego, faltaría el elemento teleológico nuclear del tipo: la voluntad de manipular el resultado competitivo.
Asimismo, desde la perspectiva de la antijuridicidad material, una conducta dirigida a preservar la imparcialidad, y no a quebrarla, no sería idónea para lesionar el bien jurídico protegido por la norma penal: la integridad de la competición, la confianza de los participantes y del público en la limpieza del resultado, y la igualdad de oportunidades entre los competidores.
No existe fraude deportivo cuando no se pretende introducir una ventaja competitiva ilegítima, alterar el sentido natural del encuentro ni sustituir el resultado derivado del mérito deportivo por otro fruto de una intervención corruptora.
En definitiva, pienso que una eventual actuación dirigida a exigir o reforzar la neutralidad arbitral no incorpora, por sí sola, un elemento clandestino apto para quebrar la confianza en la competición.
Por tanto, la mera realización de pagos al vicepresidente del CTA no permite concluir automáticamente la existencia de corrupción deportiva.
Para afirmar la tipicidad sería imprescindible probar que tales pagos perseguían, efectiva y conscientemente, predeterminar o alterar de forma deliberada y fraudulenta el resultado de partidos o competiciones.
En ausencia de esa finalidad específica, el comportamiento sería penalmente atípico y, en todo caso, materialmente no antijurídico respecto del bien jurídico protegido por el artículo 286 bis.4 del Código Penal.
Mi tesis en este post solo operaría si se diera por buena la declaración de Negreira ante Hacienda de que los pagos respondían a la neutralidad arbitral.
Esa afirmación no ha sido validada ni corroborada judicialmente y, tras su declaración de incapacidad, difícilmente podrá serlo por él.
Igualmente ante los "haters" que van a contestar este posts, para decir que entonces ellos van a pagar a jueces en los juzgados , les digo que equiparar al vicepresidente arbitral con un juez es improcedente: un vicepresidente arbitral no ejerce jurisdicción, no resuelve litigios ni integra un órgano judicial.
THCryptic retweeted
Replying to @SrNaninho
Por mucho que se repita una mentira no se va a convertir en verdad aunque Albert Soler, (que cuando tomó posesión del cargo ya tenía la ley redactada y aprobada del anterior presidente del Consejo Superior deportes) hubiera querido elevar la prescripción de las faltas muy graves de tres años a diez años no hubiera tenido efecto en el caso Negreira, debido al principio de irretroactividad que prohíbe aplicar con carácter retroactivo la Ley del Deporte de 2022.
El caso Negreira su prescripción se aplica y se aplicará siempre la ley de deporte de 1990, por tanto cuando el señor Soler llegó a la presidencia del Consejo Superior de Deportes ya estaba prescrito por la Ley del Deporte de 1990, una modificación en la nueva ley elevando la prescripción no le afectaría
THCryptic retweeted
《■CUANDO UN ACUSE DE RECIBO se convierte por arte de magia en una supuesta reapertura de un expediente sancionador inexistente■》
En 2023 la UEFA no abrió un procedimiento disciplinario contra el Barcelona, sino una investigación previa.
El comunicado de la UEFA invocó el art. 31(4) del Reglamento Disciplinario para designar a los Inspectores de Ética y Disciplina, con el fin de investigar una posible violación de su marco jurídico en el «caso Negreira». Este precepto regula una fase distinta del procedimiento disciplinario propiamente dicho.
Lo que sí hubo fue un trámite sobre la admisión a la competición, que tampoco es un expediente sancionador. El Órgano de Apelación suspendió el procedimiento sobre la admisión del Barcelona a las competiciones 2023/24, que podía reanudarse de oficio o a petición de los inspectores, admitió provisionalmente al club y se reservó una decisión futura.
El comunicado de la UEFA de hoy se limita a acusar recibo de documentación incorporada a la investigación abierta en marzo de 2023 conforme al art. 31.4 del Reglamento Disciplinario UEFA.
No reabre expediente sancionador alguno, pues ninguno se incoó (art. 55): la fase investigadora nunca concluyó.
Lo suspendido en julio de 2023 fue únicamente el procedimiento de admisión, la eventual declaración de inelegibilidad para la Champions prevista en el art. 4.02 de su Reglamento.
《■UEFA @UEFA no puede resucitar lo prescrito: por qué la ofensiva del @realmadrid en el caso Negreira está jurídicamente condenada al fracaso■》
El comunicado de Real Madrid evita terminológicamente "a propósito " hablar de “corrupción deportiva” o “amaño de partidos” y no identifica ni un solo encuentro manipulado, limitándose a invocar un “riesgo sistémico” y una “estructura de influencia indebida”.
La jurisprudencia del TAS y la práctica de UEFA exigen, para calificar como soborno/match‑fixing, que exista intento de predeterminar resultados de partidos concretos y que esa intención se pruebe con el estándar de “comfortable satisfaction”.
La UEFA, en su momento, abrió un expediente informativo, sin incoar formalmente procedimiento disciplinario ni nombrar inspector con mandato específico.
Conforme al art. de “statute of limitations” del Reglamento Disciplinario UEFA, solo los actos de auténtica apertura de procedimiento (resolución de incoación, comunicación formal de investigación por infracciones determinadas) interrumpen la prescripción; no lo hacen las pesquisas preliminares o informes internos.
El conjunto de hechos imputados al F. C. Barcelona ha llegado objetivamente prescrito al ordenamiento disciplinario español, de conformidad con los plazos de prescripción previstos para las infracciones muy graves en la vigente Ley del Deporte y en la normativa disciplinaria de la RFEF.
Agotado el ius puniendi de la autoridad disciplinaria primaria, cualquier tentativa de “revivir” disciplinariamente esos hechos desde el nivel internacional entra en colisión con los principios de seguridad jurídica, confianza legítima y non bis in idem material, pilares básicos de todo sistema sancionador, también en el ámbito asociativo‑deportivo.
Además, la competencia de UEFA se rige por su Reglamento Disciplinario, que establece, como regla general, un plazo de prescripción de cinco años para “todas las demás infracciones”, reservando plazos reforzados o regímenes específicos únicamente para supuestos de dopaje y de alteración directa de partidos (match‑fixing o soborno ligado a amaños).
La ausencia de cualquier imputación concreta de corrupción deportiva en sentido técnico, (el propio Real Madrid evita conscientemente dicha expresión y no identifica un solo encuentro amañado) impide subsumir los hechos en las categorías excepcionales, por lo que sólo cabe aplicar el régimen ordinario de prescripción, ya consumado.
A ello se añade que el eventual “expediente informativo” abierto en su día por UEFA no puede considerarse, ni formal ni materialmente, como acto inequívoco de incoación disciplinaria con aptitud interruptiva del plazo de prescripción. La distinción entre actuaciones de mera investigación preliminar y la apertura de un procedimiento sancionador stricto sensu es un estándar consolidado tanto en la praxis federativa como en la jurisprudencia del TAS.
Reactivar hoy un mero expediente informativo equivaldría, en términos jurídico‑disciplinarios, a incoar ex novo un procedimiento sobre hechos ya extinguidos.
Por último, no puede desconocerse que los mismos hechos se hallan sometidos a investigación penal por los tribunales españoles. La prejudicialidad penal impone una deferencia reforzada hacia la jurisdicción estatal, que ostenta la competencia primaria para la calificación jurídico‑penal de los hechos.
Cualquier pronunciamiento sancionador anticipado por parte de UEFA o FIFA, además de incidir sobre un cuadro fáctico ya prescrito en el plano disciplinario, supondría una injerencia en la esfera de la jurisdicción penal nacional y comprometería principios esenciales como la presunción de inocencia y el debido proceso.
En consecuencia, la petición de reapertura formulada por el Real Madrid C. F., es jurídicamente inviable por prescripción y prejudicialidad penal, y está condenada a quedar en un mero gesto estéril, sin efecto jurídico alguno.
THCryptic retweeted
This took a while, there is some mass psychosis going on around Ronaldo and his ability these last few years, hopefully this clears it up. He's washed!
THCryptic retweeted
🚨🚨MUY URGENTE 🚨 🚨
⚠️El Real Madrid manda a a UEFA una carta del BULO NEGREIRA
⛔Vamos a hacerle llegar este video DE 4 HORAS DE SUS ROBOS DURANTE LA EPOCA NEGREIRA
💣RT HASTA QUE OS SANGREN LOS DEDOS
@UEFA
THCryptic retweeted
《■Caso Negreira: la UEFA no reactiva nada; solo acusa recibo de la documentación del Real Madrid■》
Recibir documentos no es reabrir un expediente.
El propio FC Barcelona recuerda que la investigación de la UEFA comenzó en 2023 y nunca se cerró.
La UEFA se limita ahora a confirmar la recepción del material remitido por el Real Madrid y a indicar que sus inspectores lo valorarán en la investigación en curso.
No anuncia una nueva imputación ni resuelve sobre el fondo.
En España, el artículo 80 de la Ley 10/1990 fijaba en tres años la prescripción de las infracciones muy graves. Por ello, respecto de los hechos sometidos a ese régimen, sostengo la prescripción del Caso Negreira.
No está acreditado amaño de partidos, fraude, soborno o corrupción, por tanto no cabe aplicar la excepción de imprescriptibilidad prevista en el Reglamento Disciplinario de la UEFA.
En consecuencia, rige el plazo general de cinco años y, este ha transcurrido sin actuaciones que lo interrumpan válidamente, la acción disciplinaria está prescrita también en UEFA.
La mera recepción de documentación no prueba ninguna de aquellas conductas ni permite, por sí sola, eludir la prescripción.
Procede, por tanto, declarar extinguida la acción cuando corresponda.
THCryptic retweeted
Comunicado oficial del FC Barcelona
🔗 ow.ly/nvby50ZTyVx
THCryptic retweeted
En mi vida he visto un Real Madrid tan débil y tan enfermo como el actual. Y no solo el club, también sus medios y su afición. Demuestran que están completamente desquiciados, que ya no saben qué hacer para terminar con la hegemonía del Barça en el fútbol español.
THCryptic retweeted

𝐸⛷️@CuleFerminSep 18
Europe
EuropeConnected via Europe App StoreAccount-level information, not a live location or per-post device.
bayern nation crying bc he spoke facts and dropped no lies, you will enjoy the Gerd Müller Trophy and Golden Boot like the good boys you are.
THCryptic retweeted
I've been screaming this from the mountain tops for the past two years. Viewing the Ballon d'Or as some meritocratic process is just flawed. it's BS, it's always been BS. but it is one of the strongest cultural symbols we have in football. it defines how a generation of kids wants to play the game. you're telling me Kane gets it and then in 10 years I'm watching a striker run DM shifts because he wants to be a "complete footballer"? if Mbappe gets it, youth players tell themselves they don't need to run for the team and defend hard??
Yamal is the best player alive, but he should win the Ballon d'Or because he sets a strong cultural precedent of the type of football the next generation should strive to play





















